Refinerías de petróleo y plantas petroquímicas

Este tipo de inspección se aplica a los equipos a presión instalados en refinerías de petróleos y plantas petroquímicas.

Se excluyen:

  • Las botellas de gas para aparatos respiratorios incluidas en la ITC EP-5
  • Los equipos a presión transportables incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 222/2001 (Directiva 1999/36/CE relativa a equipos a presión transportables)
  • Los extintores de incendios
  • Los oleoductos, gasoductos y redes de distribución urbana
  • Las tuberías de conducción hacia otra instalación externa, desde el último dispositivo de aislamiento dentro de los límites de la empresa
  • Las carcasas o envolventes de elementos dinámicos
  • Los equipos clasificados o asimilados a Artículo 3.3. (PED 97/23/CE o REP Art. 3.2).

Los recipientes se clasifican, en función de grupos de fluidos (grupo 1.1; 1.2; 1.3; 1.4) y potenciales de riesgo del 1 al 5, en función del producto (P · V, expresado en bar · m3), en clases de 1 a la 5, definiendo agentes (inspector propio, OCA, etc.) y periodicidad de las inspecciones periódicas.

Se definen requisitos particulares para las inspecciones (realización de los END, tarado de PSV, etc.)

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Reglamentación aplicable

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